¿Tengo Derecho a Auxilio de Transporte? | 2020

El Auxilio de Transporte tiene su naturaleza en una ayuda económica con destinación específica y por mandato de la ley no se incluye en la base salarial para liquidar los aportes al sistema de seguridad social.

El auxilio de transporte se debe reconocer en todos los lugares en donde se preste el servicio público de transporte.

La obligación económica se sustituye por una en especie, cuando el empleador contrata el transporte de sus trabajadores de sus domicilios a la sede de labores con los respectivos viajes de ida y regreso.

Así el trabajador labore media jornada, tiene derecho a la prestación completa.

Empleadores Obligados

Están obligados todos los empleadores y empresas, sin consideración al capital ni al número de trabajadores.

¿Quiénes son los trabajadores beneficiarios?

Los empleados que devenguen hasta dos veces el salario mínimo legal (teniendo en cuenta el salario ordinario), tienen derecho al pago mensual de este auxilio.

Cuando se trate de trabajadores con salario variable se debe tomar como base para establecer el derecho el promedio de lo devengado en el mes anterior.

¿Cuál es la finalidad del auxilio de transporte?

Tiene como finalidad ayudar económicamente al trabajador para su desplazamiento al sitio de trabajo, no se paga durante el tiempo de las incapacidades ni durante el disfrute de las vacaciones.

Tampoco se paga cuando las circunstancias de la prestación del servicio no demandan gastos de movilización, como cuando el trabajador reside en el mismo sitio de trabajo o cuando el traslado de este no le implica ningún costo ni mayor esfuerzo.

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