Dotación de Uniformes para Empleados | 2020

Es obligación del empleador entregar tres veces por año al trabajador beneficiario, una dotación consistente en un par de zapatos y un vestido de labor adecuados a la labor que se desarrolla y deben hacerlo todos los que ocupen habitualmente uno o más trabajadores.

trabajadores uniformados

Fechas de entrega

  • 30 de abril
  • 31 de agosto
  • 20 de diciembre

Las sentencias de la Corte Suprema de Justicia han abierto la posibilidad para reclamar esta prestación por indemnización de perjuicios, cuando no se ha otorgado en especie la dotación.

NOTA: Si quieres enviarnos tu caso para que te represente alguno de nuestros abogados debido a falta de entrega de dotación, llena nuestro formulario en nuestra página de inicio para contarnos tu caso, nos comunicaremos contigo antes de 24 horas hábiles.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Abrir Chat
¿Necesitas ayuda?
¿Tienes un inconveniente con tu empleador? Si te despidieron sin justa causa, no te pagan tu liquidación, prestaciones sociales, u horas extras, estudiaremos la viabilidad. Solo nos recompensas si conseguimos una compensación para ti.