El contrato de trabajo por regla general puede ser terminado sin justa causa por parte del empleador, pagando la respectiva indemnización.
En los únicos casos que esto no es posible es cuando existe la protección especial catalogada como: estabilidad laboral reforzada, para lo cual es necesario que exista una causal objetiva para que el vínculo laboral se termine otorgada por el Ministerio del Trabajo o una autoridad competente.
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